Denuncias de Playas

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Al pulsar Continuar, será redireccionado al formulario de denuncia. Sus datos personales serán resguardados, quedando prohibida su divulgación por parte de los funcionarios que participan en el proceso de gestión de denuncias.

Nota: antes de ingresar su denuncia asegúrese de ingresar correctamente su correo y número de teléfono para ser contactado. De no encontrarse estos campos correctamente llenados esta denuncia será declarada inadmisible

Visor de Playas

Información General

Todas las personas en Chile tienen derecho a acceder a playas de mar o lago, desembocaduras de ríos, cascadas o glaciares (considerados todos como bienes nacionales de uso público).

Según la ley, los propietarios de terrenos colindantes con playas de mar, ríos o lagos deberán facilitar gratuitamente el acceso a las personas, para fines turísticos y de pesca cuando no existan otras vías o caminos públicos. Por ello las personas afectadas podrán denunciar cuando:

  • No exista otra vía o camino público de acceso.
  • El acceso sea a través de terrenos vecinos o colindantes con las playas, ríos o lagos.
  • El acceso se solicite para actividades turísticas y/o pesca.

Marco Legal

 

Preguntas frecuentes

¿Qué puedo denunciar aquí?

Las denuncias admisibles serán:

  • Acceso cerrado
  • Cobro por acceso
  • Control de acceso
  • Mala condición de camino
  • Sin acceso
  • Un tercero impide el acceso 

Las denuncias que no serán admisibles son:

  • Cobro por estacionamiento
  • Construcción en la playa
  • Ingreso de automóvil en la playa
  • Ruidos molestos (fiestas)
  • Basura en la playa

¿Quiénes pueden denunciar?

Personas naturales y/o jurídicas que se sientan vulneradas en su derecho de acceder a playas de mar, ríos o lagos.

¿Cuándo se debe denunciar?

El trámite se puede realizar durante todo el año.

¿Cómo denunciar?

Ingresa los antecedentes en el formulario web y tu denuncia llegará al Encargado(a) Unidad Regional de Bienes Nacionales, el cual deberá ponderar los antecedentes para iniciar el procedimiento.

  • una vez declarada admisible la denuncia, en un plazo de 20 días hábiles se realizará la fiscalización en terreno y la búsqueda de antecedentes. Se informará a través de un correo electrónico si la denuncia fue:
    • Rechazada y los motivos.
    • Aceptada y las gestiones que se realizarán con la finalidad de solucionar el libre acceso.

 

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